De Veracruz al mundo
Hasta 7 años de cárcel y multa de 48 mil pesos a tomacasetas.
Resistencia Civil Pacífica y Movimiento por el Libre Tránsito han participado
Miércoles 23 de Febrero de 2022
Por: El Heraldo de México
Foto: Cuartoscuro .
CDMX.- A quienes tomen casetas de cobro en las autopistas se les va a imponer una sanción, desde tres meses hasta siete años de prisión y una multa de entre nueve mil 622 a 48 mil 110 pesos, de acuerdo con la reforma a la Ley de Vías Generales de Comunicación.

Con su ajuste documentado ayer en el Diario Oficial de la Federación (DOF), esta reforma entra en vigor hoy, un día después de su publicación.

Además, el artículo 533 de esta ley deja en claro que las sanciones y multas son para quienes dañen, perjudiquen o destruyan las vías generales de comunicaciones o los medios de transporte o incluso, hasta la construcción de dichas infraestructuras.


El artículo previo, si bien contenía ya multas del doble de cantidad y prisión de dos a nueve años, ahora especifica que los castigos serán también para quienes obtengan un lucro, interrumpan el tránsito de los medios de transporte y la operación de los servicios de peaje, total o parcialmente, o deterioren los demás servicios que operen en las vías generales de comunicación o los medios de transporte.

La Asociación Mexicana de Concesionarios de Infraestructura Vial (AMCIV) apunta que este fenómeno dejó pérdidas a los operadores de autopistas, entre 2020 y 2021, por siete mil millones de pesos.

Hay diferentes grupos en México que realizan esta práctica, como Resistencia Civil Pacífica y Movimiento por el Libre Tránsito, de los cuales se han generado diferentes células que se identifican en páginas de Facebook de acuerdo a las regiones donde se ubican.

En algunos casos, toman videos y hacen transmisiones en vivo de las situaciones, en donde se puede observar a grupos de personas que levantan plumas de las casetas y piden dinero a los conductores de autos o camiones de 50 a 150 pesos.

En otros casos, son videos de gente que pasa las casetas sin pagar, al argumentar que están amparados con el Artículo 11 Constitucional, el cual indica que las personas tienen derecho al libre tránsito. No obstante, esto es a pie y no en vehículo.

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