De Veracruz al mundo
TEPJF ordena bajar propaganda de AMLO que viola la veda por revocación de mandato.
El Tribunal Electoral pidió la suspensión de la difusión de los trabajos en Sonora de los días 12 y 13 de febrero
Martes 22 de Febrero de 2022
Por: El Heraldo de México
Foto: Cuartoscuro .
Ciudad de México.- La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) definió suspender las publicaciones de la gira del presidente Andrés Manuel López Obrador en la comunidad Yaqui y Sonora, por considerarlos como propaganda gubernamental difundida en periodo prohibido por la veda de la revocación de mandato.

En sesión privada, los magistrados votaron por bajar de las páginas web y redes sociales todos las comunidades e información relacionada con la gira de trabajo que realizó en Sonora el mandatario nacional los días 12 y 13 de febrero.


Con cinco votos a favor y dos en contra, la Sala Superior confirmó que en esa constituyó difusión de propaganda gubernamental realizada durante un periodo prohibido.

El Partido Acción Nacional (PAN) presentó una queja ante el TEPJF y solicitó la dictaminación de medidas cautelares en contra del presidente de México, ya que estimó que la promoción publicada en la sitio de internet https://lopezobrador.org.mx, a su vez difundida en redes sociales oficiales, respecto de las reuniones de trabajo que el servidor público llevó a cabo el 12 y 13 de febrero pasados en el estado de Sonora, implican, en apariencia del buen derecho y en un estudio preliminar, propaganda gubernamental difundida durante un periodo prohibido.






"El pleno de la Sala Superior, a propuesta del magistrado Indalfer Infante Gonzales, confirmó el dictado de las medidas cautelares debido a que las manifestaciones de actos de gobierno por parte del presidente se dirigieron a difundir logros, avances, inversión, proyecciones y beneficios alcanzados por un programa de gobierno, acciones que, en un estudio preliminar y en apariencia del buen derecho, lo previsto en el artículo 35, fracción IX, apartado 7o., de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos", informó el TEPJF en un comunicado.


Ante esto, los magistrados ordenaron a la Oficina de la Presidencia eliminar las publicaciones denunciadas, relativas a los actos de gobierno realizados por López Obrador.

Por otra parte, la Sala Superior confirmó la adopción de medidas cautelares, en su vertiente de tutela preventiva, con el fin de que el titular del Ejecutivo se abstenga de emitir cualquier tipo de propaganda gubernamental durante el periodo prohibido.

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