PRI propone hasta 14 años de prisión a quien haga mal uso de la reproducción asistida. | ||||
También sugiere una multa económica de 673.54 hasta un millón 443 mil 300 pesos | ||||
Martes 22 de Febrero de 2022 | ||||
Por: El Heraldo de México | ||||
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Por ello, la diputada, Lourdes González Hernández busca reformar el Código Penal capitalino, para buscar algunas prohibiciones y normar con mayor precisión los procedimientos de TRHA en la ciudad. Asimismo, dijo que habrá inhabilitación, suspensión por igual término para desempeñar cargo, empleo o comisión públicos, profesión u oficio para quien, de manera itamente obtenga, conserve, utilice, prepare o suministre células germinales, comercie o realice actos de simulación jurídica que tengan por objeto la intermediación onerosa de células germinales sin fertilizar o fertilizados. Señaló que la ausencia de un marco normativo que regule y vigile el acceso a las TRHA en México, limita la calidad de la información disponible sobre estos procedimientos y cómo acceder a ellos.
Recordó que anteriormente presentó también ante el pleno del Congreso de la Ciudad, la propuesta para a adoptar, vigilar y regular este tipo de técnicas de reproducción humana en la capital. Añadió, que también la iniciativa propone en el artículo 149 imponer de cinco a ocho años de prisión y de 9 mil 622 a 67 mil 354 pesos, a quien disponga de células germinales o embriones para fines distintos a los autorizados por sus donantes. Además, a quien sin autorización de las autoridades sanitarias competentes o contraviniendo los términos en que ésta haya sido concedida, importe, exporte, posea, aísle, cultive, transporte, almacene, distribuya, contamine, deseche o realice actos de fertilización con células germinales o embriones humanos, se le aplicará de tres a 12 años de prisión y multa equivalente de 19 mil 244 a 96 mil 220 pesos. El artículo 149 quater define que al responsable de un establecimiento, donde ocurra la sustracción de células germinales o embriones, o no procure impedirlos por los medios lícitos que tenga a su alcance, se le impondrán de cuatro a nueve años de prisión y multa por el equivalente de 384 mil 880 a 962 mil 200 pesos. En tanto, el artículo 149 quintus, especifica que si resultan hijos a consecuencia de la comisión de alguno de los delitos previstos en los artículos, la reparación del daño comprenderá, además, el pago de alimentos para éstos y para la madre, en los términos que establezca la legislación correspondiente en la materia. La iniciativa fue turnada para su análisis y dictaminación a la Comisión de Administración y Procuración de Justicia, con opinión de la Comisión de Salud. |
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