De Veracruz al mundo
Da entrada la SCJN a recurso de senadores contra Ley Zaldívar.
El acuerdo respectivo fue dado a conocer este miércoles por el ministro Fernando Franco González Salas, quien al mismo tiempo rechazó que se de a este asunto el carácter de preferente, por lo que su resolución deberá sujetarse a los mismos tiempos de un trámite normal.
Miércoles 23 de Junio de 2021
Por: La Jornada
Foto: scjn.gob.
Ciudad de México.- Fue admitida a trámite la acción de inconstitucionalidad promovida por senadores de oposición en contra del artículo transitorio que permitiría extender por dos años más el cargo del ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, al frente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), y del Consejo de la Judicatura Federal (CFJ).

El acuerdo respectivo fue dado a conocer este miércoles por el ministro Fernando Franco González Salas, quien al mismo tiempo rechazó que se de a este asunto el carácter de preferente, por lo que su resolución deberá sujetarse a los mismos tiempos de un trámite normal.

"Respecto del estudio preferente al que alude, no es posible acordar de conformidad, ya que se trata de asuntos diversos que se tramitan por cuerda separada, siendo que no existe precepto legal alguno que autorice el estudio preferente de uno con respecto al otro o, inclusive, su estudio conjunto en una misma sesión", expuso Franco.

Los senadores de oposición reclaman la posible inconstitucionalidad del artículo décimo tercero transitorio del decreto de reformas al Poder Judicial Federal en donde, de último momento, se añadió esta norma que le permitiría a Zaldívar encabezar los dos órganos directivos de la administración de justicia en México.

En el acuerdo respectivo, el ministro Franco advierte: "A través de la acción de inconstitucionalidad se plantea un auténtico procedimiento seguido en forma de juicio, en el que se aduce una contradicción entre la norma impugnada y la Constitución General, se reciben los informes de las autoridades legislativas, así como los alegatos respectivos para el efecto de cerrar instrucción, y cuyos efectos en su caso, podrían ser desestimar, reconocer la validez o declarar la invalidez de la norma impugnada"

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