De Veracruz al mundo
Integra SCT comisión para determinar causas de volcadura del tren en Tala, Jalisco.
Además, la empresa Ferrocarril Mexicano S.A de C.V. (Ferromex) deberá presentar un informe técnico en el que se establezcan las circunstancias que originaron el incidente
Miércoles 16 de Junio de 2021
Por: El Heraldo de México
Foto: Especial.
CDMX.- A través de la Agencia Reguladora de Transporte Ferroviario (ARTF), la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT), integró una Comisión Investigadora para determinar las causas que ocasionaron el descarrilamiento del tren en el municipio de Tala, Jalisco.

A través de un comunicado se informó que la Comisión estará presidida por el director general de Regulación Ferroviaria, Abelardo Rodríguez Pretelín además de la directora general de Asuntos Jurídicos, Ivonne Ordaz Zavala como secretaria técnica; y como vocales se designó a un especialista en el área de infraestructura, un especialista en el área de operación y un especialista en el área de equipo.

Además, la empresa Ferrocarril Mexicano S.A de C.V. (Ferromex) deberá presentar un informe técnico en el que se establezcan las circunstancias que originaron el incidente, la valoración de los daños causados y brindar información relacionada con este evento.

El tren con 108 vagones y dos locomotoras, se descarriló en San Isidro Mazatepec en el municipio de Tala, Jalisco, provocando afectación en cuatro viviendas, dos colapsaron por completo resultando tres personas lesionadas y una falleció, Pablo Cázares de 68 años de edad, al caerle el techo de su habitación mientras dormía.

También entre los daños ocasionados, se suma la afectación de un campo de agave cuyas pérdidas se estiman en 300 mil pesos.

Hasta ahora, Ferromex, a través de un comunicado expuso que atendió el percance junto con autoridades locales y que ya se recaba información sobre las posibles causas, aunque destacó que esta es una zona recurrente de actos de vandalismo en contra de los trenes.

Además, expuso que las viviendas siniestradas invadían el derecho de vía concesionado, es decir, no existía la franja de seguridad que debería abarcar al menos 15 metros laterales a las vías.

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