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XALAPA.- Habrá que ver si no arde Troya en Veracruz con los grupos conservadores del Frente Nacional por la Familia, luego de que un Juez federal resolvió la inconstitucionalidad de los artículos 75 y 77 del Código Civil para el estado de Veracruz y ordenó que, a partir de este miércoles, todos los oficiales del Registro Civil en los 212 municipios deben permitir las bodas entre personas del mismo sexo, sin importar que el Código no lo establezca. Al resolver un juicio de amparo presentado por una pareja de mujeres, a quienes en la ciudad de Xalapa les fue negado contraer matrimonio, el Juez fue más allá al no sólo amparar a la pareja, sino establecer que la Dirección del Registro Civil del Estado y todas aquellas oficinas de Registro Civil en los 212 municipios deben desconocer los referidos artículos y permitir las bodas entre personas del mismo sexo. Tal situación la determinó el titular del Juzgado Décimo Octavo, José Ezequiel Santos Álvarez, al resolver el juicio de amparo 73/2020, donde determinó brindar la protección de la justicia federal a un par de mujeres para que se les permitiera contraer matrimonio. El Juez Federal consideró que los citados artículos son negativos y discriminatorios contras las parejas del mismo sexo, al considerarlas que no son merecedoras de acceso al matrimonio. Además, precisó que tal marco legal vigente viola el principio de igualdad y no discriminación, así como su derecho a la dignidad humana que debe gozar toda persona. Por último, aunque el Juez Federal estableció la inconstitucionalidad del Código Civil de Veracruz, dijo que no es necesario establecer que el cumplimiento de la presente resolución implique que el Congreso y el Gobernador del Estado de Veracruz deban pronunciarse sobre la anulación de las normas combatidas; por tanto, quedan exentos de cumplimiento alguno de este fallo.
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