De Veracruz al mundo
AMLO sí incurrió en propaganda gubernamental en período electoral; no recibirá sanción.
El Pleno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación concluyó que AMLO sí difundió propaganda gubernamental personalizada en periodo electoral.
Miércoles 02 de Junio de 2021
Por: SDP Noticias.com
Ciudad de México.- El presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO) sí incurrió en propaganda gubernamental en el evento “Primeros 100 días del Tercer Año de Gobierno”.

Así lo determinó la Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

El Pleno del TEPJF concluyó que el presidente AMLO sí difundió propaganda gubernamental personalizada en periodo electoral.

Por lo anterior, AMLO utilizó recursos públicos de forma indebida, de acuerdo a la sentencia SRE-PSC-59/2021 del TEPJF.

Retiran discurso de los Primeros 100 días del Tercer Año de Gobierno de AMLO

La Sala Especializada del TEPJF instruyó a la Coordinación de Comunicación Social y Vocería del gobierno de AMLO el retiro provisional de la publicación del evento de los Primeros 100 días del Tercer Año de Gobierno de su sitio web oficial y redes sociales.

La medida estaría vigente hasta que concluyan las elecciones del actual proceso electoral.

En este sentido, se solicitó a la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral del Instituto Nacional Electoral (INE) que investigara el caso.

De ser necesario, el TEPJF iniciará un procedimiento relativo a la posible actualización de alguna infracción electoral por parte de concesionarias involucradas en la difusión del evento denominado Primeros 100 días del Tercer Año de Gobierno.

Con el fin de que tales conductas no vuelvan a ocurrir, la Sala Regional Especializada también determinó la emisión de medidas de no repetición.

El evento “Primeros 100 días del Tercer Año de Gobierno” se realizó el 30 de marzo del 2021, cuando ya había iniciado la etapa de campañas en Campeche, Colima, Guerrero, Nuevo León, San Luis Potosí y Sonora.

AMLO no podría recibir una sanción por propaganda

La constitución sólo contempla un régimen especial para sancionar al presidente en casos de ilícitos penales.

Sin embargo, ante la ausencia de una sanción para infracciones electorales “no significa que una conducta o proceder contrario a la Constitución se encuentren permitidos”, agrega la sentencia.

Asimismo, indica que si se considera la presencia protagónica del presidente AMLO en el gobierno, el mandatario “tiene un deber especial de cuidar las conductas que realice en ejercicio de sus funciones”.

Nos interesa tu opinión

  Más noticias
17:20:45 - Inseguridad da un respiro al inicio de 2026: Inegi; 61% no se siente seguro en su ciudad
17:14:48 - CNOG repudia y exige justicia por asesinato de dirigente de Mujeres Ganaderas de México
17:10:19 - El umpire robot no viaja México: por qué no habrá revisión de strikes en la México City Series 2026
17:06:25 - BC: ultiman en Ensenada a funcionario de la FGE
17:05:00 - Clausuran siete pozos usados como fosas clandestinas en Guanajuato
16:58:15 - Pemex descarta incendio en refinería de Salamanca: 'Opera en condiciones normales'
16:56:36 - Comerciantes agreden a reporteros afuera de Palacio Nacional
14:31:25 - La IA debe servir a justiciables y acercarlos a la SCJN, señala analista de leyes del máximo tribunal
ver todas las noticias

  Lo más visto
> Directorio     > Quiénes somos
® Gobernantes.com Derechos Reservados 2016