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Israel Vallarta fue "blanco de tortura", sentencia la CNDH.
En un comunicado, el organismo público indicó que “ha señalado en reiteradas ocasiones que la persecución y sanción de los delitos debe realizarse siempre en el marco de la ley y el respeto a los derechos humanos y ha enfatizado la importancia de que las conductas ilícitas de las personas del servicio público también sean motivo de investigación y sanción para evitar la impunidad”.
Martes 13 de Abril de 2021
Por: La Jornada
Foto: CNDH
Ciudad de México.- La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 20/2021, dirigida a la Fiscalía General de la República (FGR), en la cual señala que Israel Vallarta fue blanco de tortura, por lo que propone que sea inscrito en el Registro Nacional de Víctimas y que los elementos de la extinta Agencia Federal de Investigaciones (AFI) responsables de ello sean sancionados.

En un comunicado, el organismo público indicó que “ha señalado en reiteradas ocasiones que la persecución y sanción de los delitos debe realizarse siempre en el marco de la ley y el respeto a los derechos humanos y ha enfatizado la importancia de que las conductas ilícitas de las personas del servicio público también sean motivo de investigación y sanción para evitar la impunidad”.

En ese contexto, señaló que Vallarta –a quien no menciona por su nombre—interpuso una queja en la cual aseguró que “fue detenido, por diversos sujetos vestidos de civil, el día 8 de diciembre de 2005, aproximadamente a las 10:30 horas, cuando circulaba por la carretera federal libre México-Cuernavaca”.

Una de esas personas, dijo, “le indicó que era elemento de la entonces AFI y que le realizaría una revisión de rutina; sin embargo, fue llevado a la Ciudad de México, donde fue sometido a actos constitutivos de tortura con la finalidad de auto incriminarse como responsable de la comisión de varios secuestros”.

Asimismo, Vallarte refirió que el día 9 de diciembre de 2005, aproximadamente a las 06:00 horas, “fue trasladado a su domicilio donde lo esperaba personal de una televisora que estaba llevando una transmisión en vivo y que fue sujetado por elementos de la entonces AFI, quienes portaban sus uniformes con las insignias de esa Corporación, para que respondiera algunas preguntas de los reporteros”.

En todo momento, indicó, fue sometido, y a pesar de que lo estaban “filmando, posteriormente lo sacaron con violencia del lugar para seguirlo torturando, hasta que fue puesto a disposición en la entonces SIEDO”.

Tras investigar el caso, la CNDH determinó que “la intención de los elementos de la entonces Agencia Federal de Investigaciones, de mantener retenido al agraviado los días 8 y 9 de diciembre de 2005, fue para ejercer sobre él actos de tortura ya que fue objeto de golpes, quemaduras, desnudez, agresión sexual”.

Además, “se llevó a cabo una escenificación ajena a la realidad, en la cual fue lesionado, para que se autoincriminara ante los medios de comunicación y una vez puesto a disposición de la autoridad ministerial, siguió siendo agredido físicamente al no querer firmar su supuesta declaración; asimismo, se concluyó que las lesiones que la víctima presentó eran excesivas e innecesarias para su detención y además eran concordantes con sus manifestaciones”.

Por lo anterior, la Comisión le recomendó al fiscal Alejandro Gertz Manero que se repare el daño integral y adecuado al agraviado en términos de la Ley General de Víctimas, se le inscriba en el Registro Nacional de Víctimas y se le brinde atención médica y psicológica; colabore en el trámite y seguimiento de la queja que se promueva ante el Órgano Interno de Control en la FGR, en contra de los servidores públicos involucrados.

Asimismo, le pide al titular de la FGR que colabore en la presentación y seguimiento de la denuncia de hechos que se formule ante esa Fiscalía, para que se investigue y se resuelva sobre la responsabilidad de los elementos de la entonces Agencia Federal de Investigaciones.

De la misma forma, lo llama a que implemente una política pública de comunicación dirigida a los agentes del Ministerio Público de la Federación, policías federales ministeriales y peritos para que ajusten su actuar en el cumplimiento de sus funciones a las disposiciones legales vigentes y protocolos nacionales e internacionales, evitando en todo momento las violaciones a Derechos Humanos, y designe a un servidor público para dar seguimiento al cumplimiento de la Recomendación.

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