De Veracruz al mundo
Niegan amparo a Karime Macías.
El Primer Tribunal Colegiado negó un amparo, en contra de las órdenes de aprehensión y extradición, a la exesposa de Javier Duarte de Ochoa, acusada de daño al patrimonio de Veracruz por 112 mdp
Lunes 12 de Abril de 2021
Por: Excelsior
Foto: Cuartoscuro .
Ciudad de México.- El Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal negó un amparo, en contra de las órdenes de aprehensión y extradición, a Karime Macías Tubilla, exesposa de Javier Duarte de Ochoa, exgobernador de Veracruz, acusada de daño al patrimonio de la entidad por 112 millones de pesos.

La exprimera dama veracruzana fue detenida en Londres, Inglaterra, el 29 de octubre de 2019, a donde huyó tras el proceso que se inició contra Duarte, por diversas irregularidades y desvío de recursos del erario durante su mandato.

La policía inglesa detuvo a Macías Tubilla, quien ante las autoridades de ese país logró obtener el beneficio de la una fianza de 150 mil libras esterlinas, 3.5 millones de pesos, para enfrentar en libertad su proceso de extradición a México.

Como parte de las investigaciones en contra del matrimonio Duarte Macías, una Juez de Control del Juzgado de Proceso y Procedimiento Penal Oral del Distrito Judicial de Xalapa, giró una orden de aprehensión en contra de Karime, el 25 de mayo de 2018, por su vinculación en el delito de daño patrimonial, por un monto de 112 millones de pesos.

La acusada presentó una solicitud de amparo en contra de ese mandato judicial, que se radicó en el Juzgado Sexto de Distrito de Amparo en Materia Penal, la que fue rechazada, y también se le negó la protección de la justicia contra la solicitud de detención provisional con fines de extradición.

La defensa de Macías Tubilla se inconformó y apeló a esa decisión, e incluso acudió la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), en donde la Segunda Sala rechazó atraer el asunto con el argumento de que carecía de interés jurídico, en marzo pasado.


De esta forma, el Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal confirmó la sentencia emitida por el Juzgado Sexto de Distrito de Amparo en Materia Penal, por lo que a partir de la notificación la Fiscalía General de la República podrá cumplimentar las órdenes de detención y extradición.

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