De Veracruz al mundo
Ordena CNDH "revisar" recomendación sobre caso de Ernestina Ascencio.
En un comunicado, el organismo hizo un recuento del episodio y recordó que Ascencio falleció el 26 de febrero de 2007 en el estado de Veracruz, luego de que un día antes denunciara que había sido agredida sexualmente por miembros del 63 Batallón de Infantería del Ejército mexicano.
Viernes 12 de Marzo de 2021
Por: La Jornada
Foto: CNDH
Ciudad de México.- La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) ordenó “revisar” la Recomendación 34/2007 que emitió ese órgano público sobre el caso de la anciana indígena Ernestina Ascencio Rosario –cuya muerte supuestamente habría sido provocada por el ataque sexual de un grupo de militares--, por considerar que en ese documento se pronunció “de forma indebida y precipitada” sobre el tema.

En un comunicado, el organismo hizo un recuento del episodio y recordó que Ascencio falleció el 26 de febrero de 2007 en el estado de Veracruz, luego de que un día antes denunciara que había sido agredida sexualmente por miembros del 63 Batallón de Infantería del Ejército mexicano.

Pese a que la necropsia realizada en el Hospital Regional de Río Blanco indicaba que la muerte de la adulta mayor se debió a las graves lesiones físicas que presentaba, entre ellas “múltiples desgarros en las regiones vaginal y anal”, unos días después el entonces presidente Felipe Calderón aseguró que la víctima había fallecido por “anemia aguda” y “gastritis crónica”.

En aquel momento, la CNDH avaló esa versión y aseguró que no existía evidencia de desgarros en la zona vaginal o anal de la mujer, ni tampoco de traumatismo cráneo-encefálico, ni de fractura o luxación de las vértebras cervicales. Dicha versión fue respaldada poco después por la extinta Procuraduría General de Justicia de Veracruz, la cual decidió el no ejercicio de la acción penal en contra los militares acusados por este delito.

A más de 14 años de lo ocurrido, la CNDH consideró que la Recomendación 34/2007 omitió el debido reconocimiento de los hechos y no analizó el incumplimiento de las obligaciones del Estado mexicano, “generando impunidad ante dichas violaciones de derechos humanos y actos delictivos, omitiendo también la correcta reparación del daño para las víctimas”.

La Comisión añadió que durante el tiempo en que se realizó la indagatoria sobre el tema, “las autoridades responsables, así como el entonces presidente de la CNDH (José Luis Soberanes) pudieran haberse precipitado al emitir pronunciamientos respecto de conclusiones del caso, sin que éste se encontrara esclarecido”.

Por todo lo anterior, la ombudsperson Rosario Piedra Ibarra ordenó la “revisión” de la Recomendación 34/2007 “con perspectiva de inclusión (género, etaria, étnica, multicultural) y con estricto apego a la normatividad aplicable en la materia”.

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