La SCJN niega amparo a Google contra los plazos de la ley antimonopolio, reitera plazo de 10 días y multa de multa de 2.3 millones de pesos
MEMORANDUM 2.-
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazó un amparo a la empresa multinacional Google, que impugnaba los plazos establecidos en la Ley Federal de Competencia Económica (LFCE) para la entrega de información requerida durante investigaciones por posibles prácticas monopólicas. Por unanimidad, el Pleno avaló el proyecto del ministro Irving Espinosa Betanzo, que confirmó la constitucionalidad del artículo 73 de la LFCE, impugnado por Google. La norma prevé que el plazo de diez días para entregar información requerida por la Autoridad Investigadora de la Comisión Nacional Antimonopolio (CNA) pueda ampliarse, por única ocasión y hasta por diez días más, cuando la complejidad o el volumen de los datos lo justifiquen. El ponente argumentó: “La norma es constitucional, pues su finalidad descansa en el artículo 28 constitucional, que impone al Estado el deber de investigar y sancionar las prácticas monopólicas con eficacia. Así, el plazo de 10 días prorrogable, una vez en función de la complejidad o el volumen de información, guarda una relación racional con esa finalidad, pues se articula con el período de investigación previsto en el artículo 71 de la propia ley, de modo que pretender prórrogas indefinidas vaciaría de contenido el período de investigación”. El litigio deriva de una investigación que la extinta Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece), hoy CNA, inició en 2022 contra Google por posibles prácticas monopólicas relativas en el mercado de procesamiento de pagos para aplicaciones móviles y contenido digital. Como parte de la investigación, la Cofece requirió información a Google en enero de 2025. Tras agotar el plazo legal y la única prórroga permitida, la empresa pidió más tiempo por el volumen de datos solicitados. La autoridad rechazó la petición y le impuso una multa de 2 millones 340 mil 979.74 pesos. Google alegó que la norma es inconstitucional porque fija un plazo único para responder requerimientos de información, sin considerar su volumen o complejidad. Un juez negó el amparo contra la ley, aunque dejó sin efecto la multa. Inconforme, la autoridad impugnó la decisión y el caso llegó a la Suprema Corte a petición de un tribunal colegiado. La Corte confirmó la validez del artículo impugnado y negó el amparo contra la norma. Sin embargo, devolvió el expediente al tribunal colegiado para que determine si, en este caso concreto, la multa y el requerimiento de información fueron legales o arbitrarios.