Modifican ley de registro de patentes y marcas; ahora empresarios y creadores podrán exigir una respuesta obligatoria ante un comité interno ante retrasos
MEMORANDUM 2.-
el gobierno federal modificó la ley en materia de registro de patentes y marcas con la finalidad de agilizarlo, y a partir de ahora, si el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial no resuelve una solicitud en los plazos que fija la norma, los empresarios y creadores podrán exigir una respuesta obligatoria ante un comité interno, bajo pena de que el funcionario responsable enfrente un procedimiento disciplinario. Así lo establece un decreto firmado por la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo y publicado este viernes en el Diario Oficial de la Federación (DOF), que reforma más de 200 artículos de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial en materia de transferencia de tecnología y simplificación de trámites. La reforma crea un Comité Técnico Especializado, integrado por representantes de la Junta de Gobierno del propio Instituto, que tendrá la facultad de obligar a los servidores públicos a resolver expedientes paralizados. Si un trámite supera los plazos legales sin justificación, el comité dispondrá de apenas diez días hábiles para exigir una resolución definitiva. De no cumplirse, la ley advierte que "se llevará a cabo el procedimiento de responsabilidades conforme a lo previsto en la legislación de la materia." La reforma también fija, por primera vez, tiempos máximos de respuesta: un año para patentes, modelos de utilidad y diseños industriales, y dos meses para esquemas de trazado de circuitos integrados, contados desde el inicio del examen de fondo. En el caso de marcas, el Instituto tendrá cinco meses para resolver cuando no haya objeciones ni oposiciones de terceros. Otro cambio es la creación de la solicitud provisional de patente. Con ella, un inventor podrá reservar su fecha de presentación con requisitos mínimos —nombre e identificación de la invención— y tendrá doce meses para completar el trámite formal. En materia de transferencia de tecnología, el decreto amplía las funciones del Instituto para que asesore jurídicamente a empresas e investigadores en la negociación de licencias y cesiones de derechos, y establece su obligación de coordinarse con la Secretaría de Ciencia, Humanidades, Tecnología e Innovación. La reforma incorpora además la prohibición de registrar como marca cualquier signo vinculado al patrimonio cultural de los pueblos indígenas y afromexicanos sin autorización expresa de sus comunidades, así como una cláusula que extiende las sanciones por infracciones a la propiedad industrial a las conductas realizadas "mediante el uso de Inteligencia Artificial."