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Afirma titular del Instituto Veracruzano de las Mujeres (IVM) que recursos se aplican puntualmente ¿será?
MEMORANDUM 1.- Al referirse al presupuesto asignado para el presente ejercicio fiscal, la directora del Instituto Veracruzano de las Mujeres (IVM), Zaira del Toro Olivares, afirmó que los recursos son aplicados puntualmente y bajo los criterios correspondientes. "Todo se está haciendo bajo un criterio de implementación de cada uno de los programas federales". Se trata de recursos que llegan directamente a la Secretaría de Finanzas y Planeación (Sefiplan), bajan directamente al IVM para las profesionistas, compra de mobiliario para los Centros LIBRE. Específicamente, precisó que los recursos son destinados a las acciones de coadyuvancia por la declaratoria de Alerta por Violencia de Género (AVG), programa de refugio y centro interno de atención. En ese tenor, la directora del IVM adelantó también que ya se trabaja en una agenda rumbo al 8 de marzo, fecha en que se conmemora el Día Internacional de la Mujer. "Tenemos actividades propuestas y estamos en espera de podernos coordinar con las directoras municipales, con las unidades de género y con los Centros LIBRE". Se buscará que las acciones lleguen a los 212 municipios del estado de Veracruz, en favor de las mujeres, concluyó la funcionaria estatal.
Habitantes de la localidad de Guadalupe La Patrona del municipio de Amatlán tomaron el ayuntamiento debido a que tienen semanas sin agua; la edil se encerró en el palacio
MEMORANDUM 2.- Habitantes de la localidad de Guadalupe La Patrona del municipio de Amatlán de Los Reyes, tienen tomado el palacio municipal, ya que llevan semanas sin contar con el servicio de agua potable. Solicitan a la presidenta municipal Guillermina Méndez López, (Morena), que de una solución a su demanda. Exigieron que la alcaldesa saliera de sus oficinas para dialogar con ellos, pero dio la orden de cerrar las puertas principales del palacio municipal, eso molesto a los ciudadanos. Los manifestantes portan cartulinas con varias consignas a su petición de la falta de agua potable, así también gritaron consignas " Queremos Agua, Queremos Agua" Que Salga Guille ". Minutos después, sólo pudieron entrar una comisión, para dialogar con funcionarios municipales, a lo que les informaron que el propietario del terreno en donde se encuentra la máquina de bombeo de agua, y no han llegado a acuerdos, por lo tanto 1500 familias, van a seguir sin contar con el servicio de agua potable.
Corte revoca sentencia que absolvió a ex consejero de Asunción Nochixtlán por desaparición forzada de una activista; piden juzgar con perspectiva de género
MEMORANDUM 3.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) tumbó la sentencia que absolvió y liberó a Jhoan Ricardo Matus Marcial, exconsejero jurídico del Ayuntamiento de Asunción Nochixtlán, Oaxaca, sentenciado a 50 años de prisión por la desaparición forzada de la activista Claudia Uruchurtu. Por unanimidad de ocho votos, el Pleno aprobó este lunes el proyecto del ministro Arístides Guerrero García, impulsado por la familia de Uruchurtu, contra la liberación del exfuncionario señalado por la Fiscalía de Oaxaca —junto con la entonces alcaldesa Lizbeth Victoria Huerta y otros— como responsable de la desaparición de la activista, ocurrida el 27 de marzo de 2021 y que permanece sin ser localizada. Matus Marcial quedó en libertad por decisión de un tribunal colegiado que, el 21 de agosto del año pasado, le otorgó un amparo al considerar insuficientes las pruebas más allá del dicho de un testigo. Sin embargo, la Corte revocó esa resolución al señalar que se ignoraron los riesgos especiales que enfrentan las mujeres activistas en contextos de corrupción y abuso de poder, y dejó claro que juzgar estos casos con perspectiva de género e interseccionalidad es una obligación. “Se propone revocar la sentencia impugnada y devolver el asunto al tribunal colegiado para que realice un escrutinio judicial especializado con perspectiva de género e interseccionalidad, y emita de esta manera una nueva decisión conforme a derecho”, dijo el ponente. La ministra Yasmín Esquivel aclaró que el enfoque de género no busca condenar, sino mejorar la calidad y solidez del razonamiento judicial. “Y quiero ser clara en este punto, incorporar la perspectiva de género e interseccionalidad no equivale a bajar el estándar probatorio ni anular la presunción de inocencia. En materia penal, el estándar de prueba se mantiene intacto. Lo que cambia en este tipo de casos es la calidad del razonamiento, pues exige una valoración integral y contextual para determinar si se alcanza o no este estándar”, expuso.El ministro Giovanni Figueroa consideró que el pronunciamiento de la Corte “constituye un mensaje contundente contra la impunidad en delitos de lesa humanidad, al fijar parámetros sobre cómo deben valorarse los indicios en casos de personas defensoras de derechos humanos”. La ministra Loretta Ortiz Ahlf señaló que la víctima está inscrita en el Registro Nacional de Personas Desaparecidas y No Localizadas, que reporta 133 mil 518 casos, y afirmó que ante este fenómeno la “nueva Corte” y el Estado deben aplicar los más altos estándares nacionales e internacionales en derechos humanos para una justicia efectiva. “Son muchos los casos de desapariciones ya de personas que protegen y que su ejercicio profesional, su vida diaria, la destinan a la protección de los derechos humanos y que han desaparecido”, señaló. La noche del 26 de marzo de 2021, tras una protesta frente al Ayuntamiento de un municipio de Oaxaca contra la presidenta municipal por una detención arbitraria, la activista y defensora de derechos humanos Claudia Uruchurtu fue vista por última vez en la plaza central, donde fue subida a la fuerza a una camioneta. Esa misma noche fue llevada a un paraje, asesinada y su cuerpo ocultado; al día siguiente, varios de los implicados regresaron para trasladarlo a un sitio desconocido, y hasta hoy se desconoce su paradero. Por estos hechos, Jhoan Ricardo Matus fue procesado y condenado en marzo de 2023 por desaparición forzada, sentencia que en mayo de ese año fue confirmada y elevada a 50 años de prisión. Empero, en agosto de 2025, un Tribunal Colegiado le concedió un amparo y ordenó su liberación al considerar insuficientes las pruebas, lo que llevó a la madre y hermanas de la víctima a impugnar ante la Suprema Corte. Las víctimas indirectas acusaron que se ignoraron sus derechos a la verdad y la justicia, así como la obligación de juzgar con perspectiva de género e interseccionalidad y de valorar la prueba circunstancial en delitos de naturaleza clandestina. Mientras el sentenciado, en cambio, sostuvo que no existían pruebas suficientes, que el testimonio clave era inválido y que la condición de defensora de la víctima no debía implicar un trato diferenciado.

 

D.F

 

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