Sin apoyo del PT y PVEM, la reforma electoral 'no tiene posibilidades de salir', dice Monreal; PRI y PAN se niegan a participar en proceso 'viciado' MEMORANDUM 1.- El coordinador de los diputados de Morena, Ricardo Monreal, sostuvo que el primer acuerdo al que se debe llegar ante la reforma electoral, incluso previo a la presentación de la iniciativa presidencial, es con los aliados de la 4T, con el PT y PVEM, cuyo “parecer” es esencial para que transite una eventual aprobación de la propuesta de la presidenta Claudia Sheinbaum. Monreal Ávila dejó muy en claro que esos partidos son actores con “características de lealtad”, por lo que ellos deben ser los primeros en conocer los alcances de la iniciativa, así como tomar en cuenta sus aportaciones; aunque la oposición dice que se trata de un proceso que nace “viciado”, pero la 4T los ignora. “Si no tenemos el parecer de los dos partidos, o nos falta uno de ellos, pues la reforma constitucional no tiene posibilidades de salir”, afirmó Monreal Ávila. El líder parlamentario informó que este miércoles es día clave para avanzar en la presentación de la propuesta presidencial de reforma electoral -que implica cambios a la Constitución federal-, luego de que por la tarde se reúnan los coordinadores parlamentarios de la mayoría legislativa tanto de la Cámara de Diputados como la de Senadores. Ricardo Monreal dijo que él como su par Adán Augusto López Hernández fueron invitados en Palacio Nacional con la presidenta Claudia Sheinbaum y la Comisión Redactora de la iniciativa. Indicó que durante esta reunión primero se conocerá, por parte de Sheinbaum Pardo, si la propuesta es enviada a la Cámara de Diputados o a la Cámara alta. El legislador zacatecano reiteró que hasta el momento no tienen ningún documento, ni ningún proyecto de la propuesta de la Presidenta. “No tenemos nada, nada, sólo tenemos hasta ahora, como en las fiestas de diciembre, juegos pirotécnicos. No tenemos nada que no diga en qué consisten las propuestas de reforma. Hay pinceladas de distintos temas. Por ejemplo, disminución de plurinominales, disminución de recursos económicos a los órganos electorales, o disminución de recursos a partidos políticos durante campaña”, expuso. Sobre el presidente de la Comisión Presidencial encargada de redactar la iniciativa, Pablo Gómez, el coordinador de los diputados de Morena, opinó que es un político con capacidad jurídica y conocimiento de todas las reformas electorales que se han dado en México. Ricardo Monreal pidió paciencia para conocer este miércoles las conclusiones sobre las mesas de trabajo encargadas de recolectar las opiniones para crear la iniciativa de reforma. También enfatizó que el Congreso de la Unión es donde se tiene la última palabra sobre la eventual reforma.
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Duro golpe a la arbitrariedad: Corte invalida facultad de Layda Sansores para aprobar obras de gran impacto en Campeche MEMORANDUM 2.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó la reforma legal que otorgaba a la gobernadora de Campeche, Layda Sansores, la facultad exclusiva para autorizar obras públicas en cualquiera de los municipios del estado, al considerar que dicha norma vulneraba la autonomía municipal establecida en la Constitución. Por unanimidad, el máximo tribunal constitucional concluyó que la reforma vulneró la autonomía municipal reconocida en la Constitución federal, al avalar el proyecto del ministro, Irving Espinosa Betanzos, en la acción de inconstitucionalidad 284/2024, promovida por el municipio de Campeche. “Al exentar de la obligación de obtener licencia de construcción para la ejecución de obras públicas de interés estatal de gran impacto, el Congreso de Campeche ha transferido al Ejecutivo una facultad que la Constitución establece en favor de los ayuntamientos impidiendo que estos puedan ejercer su potestad de regular y controlar las construcciones en su territorio”, dijo el ponente. La Corte dio la razón parcial al municipio de Campeche porque invalidó el artículo 14 Bis y el segundo transitorio de la Ley de Obras Públicas de Campeche al declararlos inconstitucionales, pero validó el artículo 2, último párrafo, al considerarla una norma meramente organizativa que no anula facultades ajenas. El ministro presidente, Hugo Aguilar Ortiz, defendió que la facultad de los municipios de otorgar licencias y permisos para construcciones, prevista en el artículo 115 constitucional, por lo que llamó al respeto a la división de poderes y coordinación entre ellos. “No cabe en mi pensamiento que exista una obra de interés estatal de gran impacto que no sea de interés municipal. Creo que lo que está enfrente es la necesidad de una adecuada coordinación entre órdenes de gobierno para obtener un objetivo de gran alcance, como el que se plantea, así pudiera entenderse estas obras de interés estatal y de gran impacto”, argumentó. La controversia constitucional fue promovida por la presidenta municipal de Campeche, Karen Rabelo, integrante de Movimiento Ciudadano, quien impugnó el Decreto 2208, publicado el 12 de julio de 2024. Dicho decreto reformó la Ley de Obras Públicas del Estado de Campeche, específicamente mediante la adición del último párrafo al artículo 2, la creación del artículo 14 Bis y el segundo artículo transitorio, disposiciones que otorgaban a la gobernadora un control centralizado sobre la autorización de obras
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Miles de muertes por uso de asbesto en México; en muchos países está prohibido, pero en el país hasta lo regalan los candidatos en campaña MEMORANDUM 3.- El asbesto es un mineral de fibras rígidas, largas y flexibles, resistentes al calor y la corrosión. Por ello, y por su bajo costo, se emplea con frecuencia en la industria de la construcción, por ejemplo, en láminas, tejas de recubrimiento, azulejos, papeles o cementos; y en productos de fricción como embragues, frenos o componentes de transmisión, así como en materiales textiles, envases, paquetería, revestimientos y pinturas, entre muchos otros productos. Hoy en día hay absoluta certeza de que la exposición a las fibras de asbesto en cualquiera de sus formas puede causar graves problemas a la salud. Afectan sobre todo a los pulmones y a las membranas que los envuelven, la pleura y el mesotelio, provocando el cicatrizado previo a la fibrosis del tejido pulmonar, mesotelioma, asbestosis, y cáncer de pulmón. El primer país en restringirlo fue Islandia, en 1983. En los siguientes años se sumaron otras naciones, en especial del viejo continente. La Unión Europea lo hizo de manera definitiva en 2005. A la fecha, por lo menos 75 países siguieron esa ruta. Pero aquí, en México, continúa su uso y venta. Se oferta hasta en páginas de comercio electrónico como Mercado Libre. “Tela de asbesto que soporta hasta 500 grados de temperatura”, se lee en un anuncio reciente de la plataforma, el cual ofrece un descuento por metro cuadrado de 914 a 809 pesos de sus casas. Los productos a precios rebajados son: láminas de asbesto”, fue la publicidad oficial. “El mayor consumo de asbesto en nuestro país se dio entre 1930 y 1970, después comenzó a disminuir a nivel global. Al observar los datos actuales de exportación, comprobamos que sigue circulando en México. Hay un stock, continúa sacándose. En territorio nacional no hay minas de asbesto para explotar con fines comerciales, todo viene de fuera: en su momento Canadá y Brasil, ahora Rusia, China, Kazakhstan”, señala Alejandro Cabello López, médico adscrito a la Unidad de Investigación de Salud en el Trabajo del Centro Médico Siglo XXI, del IMSS, quien recién participó en una mesa de diálogo relacionada con el tema, organizada por el Instituto de Investigaciones Jurídicas (IIJ) de la UNAM. De 1998 a 2022, se señala en la investigación, al menos 5 mil 472 mexicanos fallecieron por mesotelioma; el 67 por ciento de las muertes correspondieron a hombres, y las tasas de mortalidad por edad fueron más altas en las personas mayores a 55 años; aumentaron de 2.53 por millón en 1998 a 3.46 por millón en 2022. Las cinco entidades con más muertes son: Chihuahua, Ciudad de México, Estado de México, Nuevo León y Querétaro.
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