Bajo la 'ley moche' se expiden licencias para conducir vehículos pesados en carreteras... funcionarios estarían relacionados con el mercado negro MEMORANDUM 1.- En México cualquiera puede obtener una licencia federal para manejar trenes, tráileres, tractocamiones y otros vehículos pesados, bajo la “ley del moche”. Por ello Crónica realizó una investigación a raíz de lo ocurrido el 28 de diciembre de 2025, en Oaxaca: el descarrilamiento del Tren Interoceánico -una de las obras insignia de López Obrador-, el cual dejó más de 145 afectados, entre estos 14 muertos. Según la FGR, conductor, maquinista y jefe de despachadores violaron los estándares de seguridad y actuaron con incapacidad: el tren iba a exceso de velocidad y los dos primeros carecían de licencia federal vigente. Aún resonaba el eco de la tragedia de septiembre de 2025 en el Puente La Concordia de Iztapalapa, cuando volcó y explotó una pipa de gas, con un saldo mayor a 143 víctimas, entre las cuales hubo 32 fallecidas. La Fiscalía de la CDMX también responsabilizó al chofer -quien murió días después-: lo acusó de falta de pericia y de conducir a alta velocidad. Frente a numerosos testimonios de licencias tramitadas en la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT) sin cumplir los requisitos marcados en la ley, y con la simple repartición de mordidas, el reportero de dicho medio decidió comprobarlo de manera directa. Los documentos que el reportero de investigación Daniel Blancas logró conseguir sin acudir a ninguna cita y recurriendo solamente al mercado negro de licencias federales para operar unidades de carga pesada. Bajo estas líneas, el reportero en el registro oficial de conductores de tráilers; a un lado, la constancia que avala que tomó el curso y capacitación obligatorios para conducir ese tipo de vehículos. En la página siguiente, comprobante de expedición de licencia de conducción digital y certificado de capacidad física y sicológica. Permisos médicos, mentales y de capacidad de conducción entregados sin realizar los exámenes. El documento aparece ya en la base de datos de la Secretaría, según se puede constatar en la página oficial de “Consulta de Licencias Federales de Conductor”, a cargo de la Dirección General de Autotransporte Federal. Al introducir los números de licencia y de un supuesto expediente médico -el cual jamás se realizó-, se despliega el registro institucional, con la fotografía a todo color del “avezado” operador. Consulta de Licencias Federales de Conductor “Cumple con los requisitos para poder conducir”, es la leyenda inicial. A la par, se detalla vigencia, anuencia para circular en toda la República y el dictamen final del llamado Examen Psicofísico Integral (https://app.sct.gob.mx/ConsultaInfracciones/detalleLicFederal.do). En la constancia de expedición de la licencia digital, la cual cuenta además con un código de barras y la firma del titular, se niega el uso de lentes -cuando en la realidad sí están prescritos por un oftalmólogo-, así como el padecimiento de enfermedades como diabetes e hipertensión. Incluye un manifiesto fechado el 20 de marzo de 2026 y firmado por Irma Dorantes Villamil, directora de Trámites de Servicios de Autotransporte Federal y a quien operadores y empresarios del autotransporte de carga han acusado desde 2025 de múltiples irregularidades y corruptelas; incluso, han organizado protestas para exigir su destitución y la de otros funcionarios de la SICT, “por crear al interior de la dependencia un entramado enfocado a agilizar trámites a cambio de dinero”.
|
En los últimos siete años el PJF desechó cientos de amparos contra grandes obras y reformas de AMLO y Sheinbaum; colectivos fueron silenciados MEMORANDUM 2.- Bajo el gobierno de la Cuarta Trasformación, magistrados y ministros han desechado cientos de amparos con los cuales grupos antagónicos trataron de frenar grandes obras de infraestructura o enmiendas constitucionales, como las construcciones del Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles (AIFA), donde se presentaron en promedio mil 400 recursos; el Tren Maya y la refinería de Dos Bocas, Veracruz, así como reformas a las leyes de la Industria Eléctrica y al Poder Judicial de la Federación (PJF), entre otras. En 2019, el décimo tribunal colegiado en materia administrativa de la Ciudad de México dio luz verde a la construcción del nuevo aeropuerto en Santa Lucía, una de las obras emblemáticas del entonces presidente Andrés Manuel López Orador, al revocar las suspensiones definitivas que mantenían detenida la edificación del AIFA en la Base Aérea Militar de Santa Lucía. El fallo asestó un golpe al colectivo #NoMásDerroches, que tramitó 147 del total de demandas contra el proyecto aeroportuario, en ocho entidades, y contaba con siete suspensiones definitivas, pero todas fueron invalidadas. Por su parte, el juzgado primero de distrito, con residencia en Yucatán, revocó en 2022 los amparos contra la construcción del Tren Maya. Los recursos fueron interpuestos por la asociación civil Defendiendo el Derecho a un Medio Ambiente Sano (DMAS) y habitantes del municipio de Solidaridad, Quintana Roo, entre otros. Asimismo, un juez federal en Tabasco canceló el amparo contra la refinería de Dos Bocas en 2020, al determinar que el quejoso carecía de “interés legítimo” para frenar la obra. En enero del año pasado, la extinta segunda sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) revocó seis recursos que ocho empresas promovieron contra la reforma a la Ley de la Industria Eléctrica promulgada el 9 de marzo de 2021. Dichos recursos impedían que se aplicara a las ocho empresas el nuevo régimen impuesto por la reforma a dicha legislación y facultaba a continuar con el anterior, que daba prevalencia al modelo de política energética de libre mercado. Tras la aprobación de la reforma judicial en 2024, algunos jueces, magistrados y trabajadores administrativos del Poder Judicial de la Federación tramitaron más de mil recursos contra la enmienda. Buscaban detener la elección popular de togados y la entrega de fideicomisos. Sin embargo, en noviembre de ese año, la SCJN determinó que se mantenía vigente y se consideraba legal. El voto del ex ministro Alberto Pérez Dayán fue definitivo para que el grupo que encabezaba la entonces presidenta del máximo tribunal, Norma Piña Hernández, perdiera la mayoría necesaria para echar abajo la modificación legislativa. En la actualidad, jueces de distrito en materia administrativa de la Ciudad de México desecharon por improcedentes las primeras demandas de amparo promovidas contra la modificación que limita las llamadas pensiones doradas de ex servidores públicos en México. No obstante, trabajadores insisten en que seguirán recurriendo a tribunales, a sabiendas de que no se puede impugnar.
|
En medio de la polémica por el feminicidio de Edith Guadalupe, Comisión de San Lázaro avala dictamen de reforma para combatir feminicidio a nivel nacional MEMORANDUM 3.- Tras un minuto de silencio por el feminicidio de Edith Guadalupe Valdés, de 21 años, en la Ciudad de México, la Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados aprobó sin cambios el dictamen de la reforma que faculta al Congreso de la Unión a expedir una Ley General en Materia de Feminicidio. Por unanimidad, con 38 votos a favor, los legisladores avalaron cambios al artículo 73 de la Constitución que permitirán al Congreso homologar los criterios para acreditar las razones de género, unificar agravantes e igualar sanciones. Los datos del incremento de las agresiones letales contra las mujeres “muestran que la violencia feminicida no ocurre de forma aislada o espontánea, sino que sigue una escalada que inicia con violencia sicológica, sexual o física, y que puede culminar en su forma más extrema: la privación de la vida por razones de género, es decir, el feminicidio”, indica el proyecto de dictamen. Además, señala que el feminicidio tiene impactos más allá de la víctima directa, pues afecta también los entornos familiares, a la comunidad y, particularmente a niñas, niños y adolescentes que quedan en orfandad y abandono. El documento, que respalda sin cambios la iniciativa presidencial ya votada por el Senado, refiere que en el país hay 32 tipos penales de ese delito, más el federal, además de que persiste diversidad de sanciones aplicables, que van desde prisión de 20 a 50 años, incluso hasta de 100, como en Chiapas, o vitalicia, como en el estado de México, y multas equivalentes a 300 unidades de medida y actualización o hasta 8 mil salarios mínimos. Con la enmienda, que adiciona el inciso a de la fracción 21 del citado artículo, se busca “homogeneizar el tipo penal y sus sanciones para permitir una adecuada articulación de acciones que garanticen, desde los distintos órdenes de gobierno e instituciones, el acceso a una vida libre de violencias a niñas, adolescentes y mujeres”. Esto es, al definir un tipo penal único y sanciones y agravantes homogéneas, así como estándares de investigación únicos, con perspectiva de género, se “fortalecerán las capacidades del Estado mexicano para prevenir, investigar, sancionar y erradicar las violencias contra el sector femenino”, plantea. En sus consideraciones, la comisión respalda la postura del Senado respecto a que el feminicidio es la forma más extrema de violencia contra ellas y una de las manifestaciones más graves de discriminación del sector. “Es también resultado de una serie de violencias sistémicas que tienen su raíz en desigualdades estructurales entre mujeres y hombres”, subraya, y cita que datos del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública confirma que en 2025 se registraron 732 víctimas de feminicidio, “un promedio de dos al día en el país, lo que evidencia una situación de gravedad estructural en la violación de los derechos humanos” de las mujeres.
|
|