Absuelve el Poder Judicial de Veracruz a Karime Macías; FGE no acreditó presunto fraude por 114 mdp MEMORANDUM 1.- Vaya caso, la Fiscalía General del Estado (FGE), a cargo de Verónica Hernández Giadáns, acaba de enfrentar otro fracaso al perder el caso por fraude específico en agravio del DIF Estatal de Veracruz por cerca de 114 millones de pesos, que involucraba a la ex titular de ese organismo, Karime Macías, exesposa del exgobernador Javier Duarte de Ochoa. Y es que, de acuerdo con el Poder Judicial del Estado, la Fiscalía no presentó en juicio los contratos simulados mediante los cuales se desviaron los recursos, lo que derivó en la absolución de los exfuncionarios procesados en el Proceso Penal 45/2022 y en el Toca Penal 145/2023 de la Tercera Sala del Tribunal Superior de Justicia del Estado (TSJE). La Sala concluyó que “el material probatorio no es apto, ni suficiente para justificar la existencia del ilícito de fraude específico”, previsto en los artículos 216 y 217 del Código Penal de Veracruz. Por lo anterior, revocó la sentencia condenatoria que había impuesto años de prisión, multa, reparación del daño y suspensión de derechos civiles y políticos a dos excolaboradores de Macías Tubilla. El fallo estableció que la Fiscalía no probó la simulación de contratos. Los magistrados señalaron que “no se acreditó fehacientemente que los inculpados hubieran simulado actos jurídicos que generaran un perjuicio patrimonial en detrimento de la institución agraviada”. La resolución absolutoria fue aprobada por unanimidad por las magistradas Denisse de los Ángeles Uribe Obregón, ponente; María del Socorro Hernández Cadena, presidenta de Sala; y Patricia Molina Gimbernat, secretaria de Estudio y Cuenta. El caso se originó con el amparo que concedió el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Séptimo Circuito, al resolver que “las pruebas documentales valoradas por la juzgadora de primera instancia no cumplían con los requisitos establecidos en el numeral 383 del Código Nacional de Procedimientos Penales”. La resolución advirtió que la omisión constituía una violación al artículo 20 constitucional. En la reposición del procedimiento se integraron testimonios de notarios, peritos, ex empleados administrativos y policías ministeriales. Un notario declaró que únicamente dio fe de la constitución de una empresa y “reafirmó que el acusado compareció ante él únicamente para la firma, que dicho documento quedó inscrito en el Registro Público”. Una perito de criminalística dijo que visitó los domicilios de varias empresas y “no pudo encontrar rótulos en ninguno de ellos”. En tanto, un auxiliar de almacén del DIF sostuvo: “Nosotros no firmábamos ningún papel, únicamente recogíamos y llevábamos a oficinas centrales lo que pedían”. Otro empleado añadió que “el memorándum debía ir acompañado de la factura, el contrato, la fianza o los pedidos; también refirió que quien autorizaba esos memorándums de pagos era el titular de la dirección administrativa”. Los policías ministeriales reportaron que en más de una decena de domicilios “eran domicilios particulares o terrenos baldíos, es decir, no se encontraban las empresas”. Un perito contable de la Fiscalía señaló que cotejó contratos y estados de cuenta para establecer el daño patrimonial, pero la Sala descartó su dictamen: “El perito reconoció expresamente que no tuvo a la vista documentos de entrega de bienes o prestación de servicios, ni evidencia de recepción de mercancía”. En la sentencia, la Sala del TSJ apuntó que “los dictámenes contables carecen de sustento directo en evidencia documental fehaciente, y se basan únicamente en una presunción técnica, que no satisface el estándar penal de prueba más allá de toda duda razonable”. Incluso citó jurisprudencia federal que señala: “Prueba insuficiente en materia penal. La mayor o menor exigencia de datos probatorios para tener por demostrado un hecho delictuoso (…) depende de que, siendo cierto el hecho delictivo, el órgano de acusación cumpla con su deber de aportar pruebas; si estas no se allegaron, ello puede obedecer a que el hecho no existió”. La absolución se conecta con el proceso de Karime Macías, cuya extradición fue frenada en el Reino Unido por enfrentar procedimientos distintos al que dio origen a la solicitud de México. La acusación de la FGE había planteado que “a partir de la toma de protesta del C. Javier Duarte de Ochoa como Gobernador del Estado de Veracruz (…) la C. Karime Macías Tubillas y/o Karime Macías de Duarte, toma la Presidencia del Patronato del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia (…) por órdenes directas de la C. Karime Macías (…) creó un esquema sistemático para desviar fondos públicos, en contubernio con los hoy acusados”. Sin embargo, el TSJE dictó: “Se revoca la sentencia condenatoria (…) Se dicta sentencia absolutoria (…) ordenándose su libertad absoluta”. Con ello, el proceso por el presunto fraude de 114 millones de pesos se derrumbó al no acreditarse las pruebas en juicio. Así las cosas.
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Clausura temporalmente ASEA 6 gasolineras en Veracruz en lo que va de 2025, por abusos en precios MEMORANDUM 2.- Como parte de las acciones del gobierno federal para constatar que las estaciones de servicio del país cumplan con la normativa operativa y ambiental, la Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente (ASEA) ha efectuado la clausura temporal de 6 estaciones de gasolina en el Estado de Veracruz en lo que va del presente año. En los operativos, el personal de la ASEA se hace acompañar de personal de la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) para verificar que ofrezcan precios justos de los combustibles. En ese tenor, las brigadas tanto de la ASEA como de la Profeco inmovilizaron 38 instrumentos en total debido a inconsistencias en los registros electrónicos y a que incumplieron con la prueba de retener información en pantalla cinco minutos después de quedarse sin energía eléctrica. En el municipio de Veracruz se verificaron tres estaciones de servicio: Súper Servicio Costa Verde, S.A. de C.V., Hidrocarburos Imosa, S.A. de C.V., y Servicios Intercolonias, S.A. de C.V. La cuarta gasolinera visitada, Operadora Adrimont, S.A. de C.V, se localiza en Boca del Río, y las dos restantes, con misma razón social, Gasolinería Medellín, S.A. de C.V., se ubican en el municipio de Medellín de Bravo. A todas las estaciones de servicio revisadas se les impuso clausura temporal total por no presentar la Manifestación de Impacto Ambiental (MIA) actualizada. La Profeco y la ASEA señalaron que continuarán con las acciones de verificación a lo largo y ancho del país para garantizar los derechos de las personas consumidoras, al vigilar la calidad del combustible en las gasolineras, que vendan litros completos por debajo de los 24 pesos y cumplan con las medidas de seguridad operativa y ambiental, en beneficio de las familias mexicanas. Así las cosas.
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Alerta médico por casos de tuberculosis con cepas cada vez más resistentes, en Orizaba; urge atención de la SSA MEMORANDUM 3.- Ante los recientes casos de tuberculosis detectados en la región de Orizaba, el doctor Adrián Arellano Muñoz, director de la Clínica Arellano, alertó que corresponden a cepas cada vez más resistentes, lo que representa un mayor riesgo para la población, especialmente en personas que no han sido vacunadas o que padecen enfermedades que debilitan su sistema inmunológico. El galeno explicó que la falta de tratamientos completos y adecuados en algunos pacientes provoca que la bacteria Mycobacterium tuberculosis se fortalezca al desarrollarse en organismos debilitados. "Cuando estas bacterias han estado cultivadas en pacientes con enfermedades como VIH-Sida, diabetes, artritis reumatoide o lupus, adquieren mayor fuerza y, al llegar a una persona sana, la enfermedad se presenta de forma más agresiva", refirió. Arellano Muñoz señaló que aunque la vacuna contra la tuberculosis brinda protección efectiva, no todas las personas cuentan con ella. "Existe la creencia de que todos fuimos vacunados en la infancia, pero en la actualidad hay adultos que nunca recibieron la dosis. Eso los hace más vulnerables", sostuvo. El especialista destacó que el riesgo se multiplica en quienes, aun estando vacunados, tienen padecimientos que comprometen sus defensas. En estos casos, refirió que el organismo no responde de manera adecuada, lo que facilita la propagación y complicaciones de la enfermedad. De igual forma, recordó que la tuberculosis no solo afecta a los pulmones, la forma más conocida de la enfermedad, sino que también puede presentarse en otros órganos como músculos, hígado o riñones, con consecuencias graves para la salud. Ante este panorama, el doctor Arellano exhortó a la población a reforzar las medidas preventivas. "Debe evitarse el contacto directo con personas contagiadas, aplicar un estricto aislamiento en los casos confirmados y cumplir con el tratamiento bajo supervisión médica. Es fundamental no descuidar la vacunación, sobre todo en los niños, que son altamente susceptibles", sostuvo. Por último, el especialista insistió en la importancia de mantener la vigilancia epidemiológica y la conciencia ciudadana para prevenir que la tuberculosis continúe propagándose con mayor fuerza en la región. Así las cosas.
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