Influenza H3N2 no representa riesgo de pandemia: David Kershenobich, así empezó Gatell MEMORANDUM 1.- El secretario de Salud, David Kershenobich, aseguró que en México solo se ha registrado un caso de influenza H3N2, y manifestó que no hay peligro de una pandemia, así empezó Hugo López Gatell y hasta terminó con estadísticas inventadas. Según el especialista, la llamada “súpergripa” circula en Europa y Estados Unidos, y que se previene con la vacuna contra la influenza, disponible en el país. En la mañanera del pueblo, el funcionario expresó: “En México hemos registrado un solo caso de esta variante, pero prestando atención al llamado de la Organización Mundial de la Salud y, sobre todo queremos dejar señalado que se previene con la vacuna contra influenza que tenemos disponible en México. No es una variante especial”. Kershenobich llama a la población a aplicarse la vacuna. “Esta variante tiene como característica ser más contagiosa, pero responde bien al tratamiento habitual de la influenza, de tal manera que nosotros tenemos suficiente vacuna y tenemos el abasto suficiente”. Por lo tanto, dice que no representa en este momento ningún problema para el país. “La vacuna que tenemos en México se aplica desde el año pasado y es completamente producida en México”, subrayó. De acuerdo con el secretario, el único caso se trató aproximadamente hace un mes y se encuentra estable. Era de la Ciudad de México y se trató de una mujer de 80 años. Asimismo, pidió que cualquier persona que tenga gripa use cubrebocas para evitar contagios. “No tenemos ningún evento con esta variante ni ambulatorio ni hospitalizado”, afirmó el secretario de Salud...Otro especialista que le dar por maquillar cifras.
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Encuentran sin vida a taxista levantado en la colonia Gutiérrez Barrios de Acayucan; Fallece reina de belleza veracruzana Lucero Ramírez en accidente automovilístico en Córdoba MEMORANDUM 2.- El pasado 15 de diciembre se dio a conocer que el señor Guadalupe Estanislao fue privado de su libertad por hombres armados, en la colonia Gutiérrez Barrios de Acayucan, lamentablemente fue encontrado sin vida en un camino de terracería en el municipio de Soconusco, muy cerca de la carretera Transístmica, entrando por el balneario La Ceiba. El cuerpo del ahora occiso estaba sobre un camino de terracería, fue reportado por vecinos de la zona rural de Soconusco, tenía el rostro vendado, vestía camisa color blanca, pantalón de mezclilla, cinturón y tenis color negro; el cadáver estaba atado y presentaba impactos de balaen diferentes puntos. Personal de la SSP, fueron los primeros respondientes, notificaron a las demás instituciones de seguridad y de la fiscalía, familiares arribaron al punto, y finalmente lograron identificar el cuerpo, luego fue llevado al SEMEFO, y será horas entregado en las próximas para su cristiana sepultura. En redes sociales, sus familiares confirmaron el hallazgo del señor de 50 años que se desempeñaba como taxista...LA EXMISS Turismo de Veracruz y candidata a regidora de Movimiento Ciudadano del municipio de Oteapan, Lucero Ramírez, murió tras ser víctima de un accidente automovilístico registrado sobre la autopista Veracruz–Córdoba, la madrugada de este miércoles 17 de diciembre. De acuerdo con la información proporcionada por familiares, la joven había viajado a la Ciudad de México, para adquirir juguetes y dulces que planeaba entregar a niñas y niños de comunidades vulnerables del sur del estado con motivo de la Navidad, una actividad que realizaba en los últimos años. Su muerte ha causado consternación entre la población del sur de Veracruz, al ser una joven altruista en la región.
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Corte IDH condena a México por la violación sexual, tortura y muerte de Ernestina Ascencio, ocurrida en 2007 en Veracruz MEMORANDUM 3.- El Estado mexicano es responsable por la “violación sexual, tortura y muerte” de Ernestina Ascencio Rosario, perpetradas en 2007 por parte de un grupo de soldados en la sierra de Zongolica, Veracruz, declaró la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH). En su sentencia, el tribunal internacional resolvió que el Estado incumplió su deber de brindar atención médica oportuna, por lo que concluyó que la violación sexual y “graves lesiones” causaron la muerte de la mujer indígena náhuatl que tenía 73 años. Asimismo, determinó que México incumplió el deber de investigar con “debida diligencia reforzada” estos hechos y garantizar el acceso a la justicia en condiciones de igualdad a los hijos e hijas de la señora Ascencio Rosario. Puntualizó que la indagatoria fue cerrada “prematuramente” sin haber agotado las líneas, no fue conducida con un enfoque de interseccionalidad, particularmente relevante por tratarse de una mujer indígena mayor, ni incorporó perspectivas de género, étnica ni etaria. La CoIDH “constató” que la señora Ernestina –una mujer indígena náhuatl monolingüe de 73 años habitante de la comunidad de Tetlalzinga, ubicada en la Sierra Zongolica en el estado de Veracruz– “fue violada por miembros del Ejército mexicano el 25 de febrero de 2007”, durante el sexenio Felipe Calderón y en el marco de la llamada lucha contra el narcotráfico, indicó. “La Corte determinó que la violación sexual sufrida por la señora Ernestina constituyó un acto de tortura, toda vez que fue intencional, causó severos sufrimientos físicos y mentales y se cometió con el propósito de intimidar, degradar, humillar y controlar a la víctima”, determinó. En la notificación de la Corte, participaron representantes del Estado mexicano, entre ellos Víctor Sánchez Colín, embajador en Costa Rica, y Rosalinda Salinas, directora de casos en litigio internacional de la Secretaría de Relaciones Exteriores; así como los representantes legales de las víctimas. Rodrigo Mudrovich, juez vicepresidente de la CoIDH, señaló que como medidas de reparación por este caso se ordenó al Estado conducir una “investigación penal exhaustiva y seria en un plazo razonable sobre la violación sexual, tortura y muerte de la señora Ernestina Asensio Rosario para identificar, juzgar y, en su caso, sancionar a los responsables materiales e intelectuales de estos hechos”. También indicó que debe realizar un acto público de reconocimiento de responsabilidad internacional, así como brindar el tratamiento médico, sicológico, siquiátrico o sicosocial, cultural y lingüísticamente adecuada y efectiva a través de instituciones de salud especializadas a Francisco, Marta y Carmen Inés Asensio, hijos de la finada. Asimismo, el Estado deberá otorgar una beca en una institución pública americana de educación básica y/o técnica a favor de los hijos y hijas de Julio, Francisco, Marta y Carmen Inés Ascencio, concertadas entre estos y el Estado para realizar estudios básicos, superiores técnicos o universitarios, ya sean de pregrado o posgrado o bien para capacitarse en un oficio. En su resolución, la CoIDH resolvió que el Estado mexicano violentó los derechos –establecidos en tratados internacionales– a la vida, la integridad y la salud; a la no discriminación, y de acceso a la justicia, a la verdad y protección judicial, en perjuicio de Ernestina Ascencio. Además, la Corte decidió aceptar el reconocimiento parcial de responsabilidad internacional efectuado por el Estado, así como desestimar las excepciones preliminares relativas a la falta de agotamiento de recursos internos y la ausencia de litis. También indicó que el Estado deberá garantizar que el Hospital Regional de Río Blanco y la Fiscalía General de Veracruz cuenten con un servicio de intérpretes y traductores que faciliten la adecuada atención y acompañamiento a las personas indígenas monolingües. Además, México deberá pagar indemnizaciones por daños materiales e inmateriales y por el reintegro de costas y gastos a los familiares de Ernestina Ascencio, y los reintegrará los recursos al Fondo de Asistencia Legal de las víctimas de la Corte Interamericana. De acuerdo con la sentencia, el Estado tendrá un año contado a partir de este martes, para rendir a la Corte un informe sobre las medidas adoptadas para cumplir con la misma. “La Corte supervisará el cumplimiento íntegro de la sentencia y el ejercicio de sus atribuciones establecidas en la Convención Americana sobre Derechos Humanos y dará por concluido el presente caso, una vez que el Estado haya dado tabal cumplimiento a lo dispuesto en la misma”, concluyó.
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