Muchos son los crímenes que en apoyo a la venganza se han cometido en la humanidad y en Veracruz se quiere poner en práctica por el gobierno de Miguel Angel Yunez Linares, a escasos días de que concluya su gobierno, al través de su fiscal a modo que ubico en la entidad y, por lo visto le saldrá el tiro por la culata, como le han venido sucediendo y que con antelación se adjuró ante la cerrazón imperante
Es grave que se utilice la inculpación premiada para involucrar a exfuncionarios públicos en actos de criminalidad - lo anuncia LAJORNADAVERARUZ, el día de ayer-, cuando la licenciada María del Rosario Zamora González, presa por el delito de desaparición forzada, en su condición de ex directora de investigaciones ministeriales, manifiesta que el fiscal le insinuó su colaboración a cambio de obtener su libertad.
La hoy imputada expresó que se le ofreció abreviar el procedimiento, pero que tendría que señalar a otras personas en ese delito, dejando entrever que se trata del exfiscal Luis Angel Bravo, ahora detenido por un delito que el artículo 19, constitucional no califica como grave y debería llevar el proceso en libertad, es decir “ el juez ordenará la prisión preventiva , oficiosamente, en los casos de delincuencia organizada, homicidio doloso, violación, secuestro, trata de personas, delitos cometidos con medios violentos como armas y explosivos, así como delitos graves que determine la ley en contra de la seguridad de la nación , el libre desarrollo de la personalidad y de la salud”, o bien que una ley estatal lo califique de grave, lo que en la especie no se da.
Así las cosas , si el delito de desaparición forzada no es grave, la juez, deja mal parada a la justicia , pues no puede introducirlo en esa categoría , solo por el hecho de actuar con perversidad , mala fe o ignorancia, lo que la desacredita como eficiente profesional del derecho, o bien por consigna, ante el temor de perder la pitanza que le arroja el gobierno del Estado.
En la legislación estatal no existe ese calificativo, obviamente, nadie puede invocarlo, pues sería tanto como que el juez tiene el libre arbitrio de introducir una calificación a modo, lo que contraviene el espíritu constitucional que protege la presunción de inocencia y el debido proceso, precisamente para impedir que la prisión sea escuela de delincuentes y gastos innecesarios del Estado.
La temeridad de la juez de Yunes Linares , Alma Sosa Jiménez , la lleva a desobedecer el sentido de la sentencia de amparo que concedió un juez federal a la detenida y en la nueva audiencia, cambia la denominación de prisión preventiva oficiosa, por necesaria, es decir ,persiste en su afán de mantenerla en prisión y no utilizar cualquier otra medida cautelar que no sea la cárcel y más que ahora se le quiere forzar a que señale a otros funcionarios como implicados en ese delito, lo que es condenado tanto por el protocolo de Estambul como por los convenios de Minnisota, pues carecen de todo valor, la confesión forzada o testigos protegidos o premiados.
Siendo la resolución del tribunal federal clara en que se aplique cualquiera de las medidas cautelares que señalan los artículos 153 a 158 del Código Nacional de Procedimientos Penales y que prescinda de” toda consideración y referencia a la prisión preventiva oficiosa”, busca un
resquicio para arribar ahora a la prisión preventiva necesaria, es esto, la misma gata, solo que ahora medio revolcada.
Aquí se dijo, una y otra vez, que lo de Duarte se iba a venir abajo y ahí está la prueba, pero en el fondo, no es la justicia en sí, si no al manoseo o el estado ánimo en que opera la venganza, -aunque a la postre todo salga mal-, pero el daño ya está consumado y no tiene reversa porque, también en justicia, existe la cosa juzgada. Limacobos@hotmail.com
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