De Veracruz al mundo
Corte mantiene norma que niega condecoraciones a militares sujetos a proceso penal; el voto de Hugo Aguilar era decisivo .
Martes 02 de Junio de 2026
Por: REDACCION GOBERNANTES
Foto: Google .
Xalapa, Ver.- Tras enredarse en una votación y corregirla casi 50 minutos después, el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación dejó vigente este lunes una norma que niega condecoraciones por servicio en el Ejército mexicano a militares sujetos a proceso penal, pese a que en 2024 la extinta Segunda Sala la consideró inconstitucional. La confusión surgió después de que el proyecto de la ministra, Sara Irene Herrerías Guerra, que proponía declarar infundada la declaratoria general de inconstitucionalidad 8/2025, obtuvo un empate de cuatro votos. Ante la ausencia del ministro presidente, Hugo Aguilar Ortiz, la ministra presidenta en funciones, Lenia Batres Guadarrama, propuso esperar su voto para una sesión posterior. Ningún ministro objetó la propuesta, ni siquiera el secretario general de Acuerdos, Daniel Álvarez Toledo. Sin embargo, casi 50 minutos después, la ministra Batres rectificó su interpretación del resultado de la votación. Externó: “Estoy notando, ministras y ministros, que en el tema anterior en realidad necesitábamos —o necesitamos— seis votos para declarar la invalidez. En este resultado que obtuvimos se están teniendo cuatro votos, lo cual significa que, para efectos de la invalidez, el voto del ministro, Hugo Aguilar Ortiz, no haría una diferencia en el resultado. Entonces, creo que, si ustedes no disponen de otra cosa, podemos dejarlo resuelto”. Tras la votación del pleno, quedó vigente el Artículo 61, fracción V, de la Ley de Ascensos y Recompensas del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, que establece que se pierde el derecho a la condecoración de perseverancia si el militar interrumpe sus servicios por haber estado sujeto a un proceso penal en el que se declare extinguida la acción penal por prescripción o extinguida la pena por el mismo motivo. Lo anterior, aún cuando el 22 de mayo de 2024 la entonces Segunda Sala, por mayoría de cuatro votos, resolvió el amparo en revisión 996/2023 y declaró la inconstitucionalidad de la norma, al considerar que proyectaba un trato de culpabilidad extraprocesal contrario a los principios de presunción de inocencia y legalidad. En julio de 2025, el entonces presidente de la sala promovió ante el pleno el procedimiento de Declaratoria General de Inconstitucionalidad 8/2025. Sin embargo, tras el cambio de integración de la Corte, el asunto fue turnado a la ministra Herrerías Guerra, quien propuso desestimar la declaratoria al sostener que la negativa de condecoraciones deriva de la baja temporal del servicio activo prevista en la legislación militar y no de una presunción de culpabilidad. Además, estimó que la Segunda Sala no analizó todos los supuestos de la norma y que el eventual problema sería de trato desigual entre militares. A favor del proyecto votaron la ministra ponente, así como la ministra, María Estela Ríos González, y el ministro, Giovanni Figueroa Mejía. En contra se pronunciaron las ministras, Yasmín Esquivel Mossa, y Loretta Ortiz Ahlf, así como los ministros, Arístides Guerrero García, e Irving Espinosa Betanzo, por lo que la propuesta fue rechazada por mayoría de cinco votos contra tres.

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