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XALAPA.- De acuerdo con el Centro de Derechos Humanos Fray Matías de Córdova, de Tapachula, Chiapas, el Instituto Nacional de Migración incurrió en discriminación al informar en un boletín que de acuerdo al código penal federal, en su artículo 199-bis, se establecería una sanción de tres días hasta 3 años de prisión, así como 40 días de multa, a quienes a sabiendas de que sabían que estaban enfermos de un mal grave en periodo infectante, ponga en peligro de contagio la salud de otro. Asimismo, señalaba que el Código Penal Federal y los códigos penales de Chiapas y Tabasco prevén penas de 5 a 10 años de prisión a quienes contagien a otras personas, “esto pese a que las informaciones oficiales de las autoridades de salud en México afirmaban que la llegada de las personas no implicaba un riesgo sanitario”. Por ello la ONG promovió un amparo ante Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Chiapas, con residencia en Tapachula, para demandar “un alto a la criminalización de las personas en movilidad y a las restricciones de ingreso en la frontera sur de México”, por lo que el fallo del juez exige al INM se abstengan de emitir mensajes discriminatorios en los distintos medios de comunicación oficial, discursos o mensajes discriminatorios, estigmatizantes, segregantes y marginantes en contra de las personas migrantes o extranjeras en situación de movilidad” que ingresen al país.
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