De Veracruz al mundo
Mano dura de Bartlett, el recaudador; ordena cortar la luz a Ayuntamiento de Alvarado por incumplimiento de pago.
Lunes 26 de Julio de 2021
Por: REDACCION GOBERNANTES
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XALAPA.- Prueba de que el Director de la Comisión Federal de Electricidad, Manuel Bartlett Díaz, un político de línea dura formado en la más rancia tradición del Partido de Estado, le sirve al gobierno de la Cuarta Transformación como uno de sus más eficaces recaudadores, es su política de cortar el suministro de energía eléctrica a los deudores para obligarlos a pagar. Tal es el caso del Ayuntamiento de Alvarado, al que la CFE ordenó suspenderle la energía eléctrica desde el pasado 12 de julio en varios inmuebles por falta de pago. Trascendió que personal de la empresa productiva del Estado les retiró los medidores y procedió al levantamiento de cuchillas. Por lo anterior, el gobierno municipal promovió el amparo 585/2021 ante el Juzgado Sexto de Distrito en contra del corte de energía eléctrica, levantamiento de cuchillas y medidores, llevado a cabo el 12 de julio por personal de la CF en diversos domicilios en donde se tienen los contratos registrados a nombre del Ayuntamiento de Alvarado. Sin embargo, hasta el momento, el Juez Federal no ha concedido la suspensión provisional a favor del gobierno municipal, por lo que avaló la actuación llevada a cabo por la CFE, derivada de un contrato mercantil, donde ambas partes han aceptado el suministro del servicio y el correspondiente pago. Sobre este tema, el juez federal refirió que “al haber un contrato celebrado en los domicilios a nombre del Ayuntamiento quejoso, se acredita que la señalada como responsable actúa en un plano de coordinación con la persona que celebró dicho contrato, en su calidad de suministrador del servicio de energía eléctrica, al tenor del contrato de adhesión que tienen celebrado con el Ayuntamiento de Alvarado, Veracruz, como usuario, el cual no somete arbitraria y unilateralmente la voluntad del contratante a las condiciones de la empresa, de ahí que tal acto forma parte de esa relación comercial, por lo que la vía procedente para dirimir lo relativo es la ordinaria mercantil". Así las cosas.

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