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El Poder Judicial de la Federación finalmente dividió las atribuciones que le corresponden a la Comisión Federal de Competencia Económico (Cofece) y al Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), en materia de diversos servicios informáticos y telecomunicaciones, ante una diferencia de criterio que tenían ambas instituciones. La Cofece, en un comunicado, asienta que el Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, resuelve que la Comisión está facultada para analizar las condiciones de competencia en los mercados de servicios de búsqueda en línea, redes sociales y servicios de cómputo en la nube; mientras que el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) tiene la competencia para conocer del mercado de sistemas operativos móviles, como iOS de Apple y Android de Google. La Cofece anota que tuvo conocimiento de la resolución por la transmisión en vivo de la sesión del Tribunal que resolvió el asunto, "con esta determinación del Poder Judicial de la Federación (PJF) se otorga mayor certeza jurídica a la Cofece, al Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT o Instituto) y a los agentes económicos que participan en actividades económicas relacionadas con el entorno digital, sobre la autoridad que debe conocer de estos mercados". La Cofece antes enfrentó un diferendo para dirimir la autoridad que debía conocer sobre la compra de la plataforma de entrega de supermercado a domicilio Cornershop por parte plataforma de transporte Uber, cuando el IFT le reclamó a la Cofece la facultad para aprobar la transacción; en ese caso el Poder Judicial también decidió que era la Comisión la encargada de supervisarla y en su caso aprobarla, que fue lo que ocurrió. "El PJF ha determinado con anterioridad que el hecho de que ciertos mercados utilicen el Internet como un insumo no otorga de antemano, ni al Instituto ni a la Comisión, competencia para conocer de dichos mercados, y que cada caso deberá analizarse por sus méritos. Para ello, la Ley Federal de Competencia Económica (LFCE) prevé que en aquellos casos en los que la Comisión y el IFT no se pongan de acuerdo sobre quien es la autoridad competente para conocer de un asunto, sea el PJF, a través de la solución de un conflicto competencial administrativo, el que determine cuál es el órgano competente", asienta la comisión en su comunicado. En octubre de 2020, la autoridad investigadora del IFT inició un procedimiento de investigación en torno a los servicios de búsqueda en internet, redes sociales, sistemas operativos móviles, servicios de cómputo en la nube y "otros servicios relacionados" con el fin de determinar si existen barreras a la competencia que puedan generar efectos anticompetitivos en el mercado mexicano. En enero del 2021, la Cofece pidió al Poder Judicial que determinara cuál de las dos autoridades era competente para conocer de los mercados digitales que forman parte de la investigación iniciada por el IFT. El instituto suspendió el procedimiento de investigación para dar paso a la decisión del tribunal. El principal argumento de la Cofece para reclamar la investigación es que internet se convirtió en una tecnología de propósito general (TPG), igual que la electricidad. Dado que internet ha penetrado y transformado toda la actividad económica, el uso de esta tecnología en un proceso productivo no supone de antemano que el IFT sea quien deba aplicar la política de competencia en el proceso productivo, según la comisión. "De este modo, la decisión judicial determina que la COFECE es competente para conocer de los mercados de: servicios de búsqueda en línea, redes sociales y servicios de cómputo en la nube. El IFT por su parte, es competente para conocer del mercado de sistemas operativos móviles", remata su comunicado la Cofece.
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