DICE EL Artículo 17 de la Constitución Política del País, que ninguna persona podrá hacerse justicia por sí misma ni ejercer violencia para reclamar su derecho, y en ese sentido deja en claro que “toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes, emitiendo sus resoluciones de manera pronta, completa e imparcial. En otro inciso establece que los jueces en materia penal regularán la aplicación de la ley, asegurarán la reparación del daño y establecerán los casos en los que se requerirá supervisión judicial. Y el tema viene a colación porque en redes sociales circula un texto en el que se trata de argumentar que las 15 personas a quienes, presuntamente, 19 elementos de la Secretaría de Seguridad Pública -en tiempos de Javier Duarte de Ochoa y Arturo Bermúdez Zurita- desaparecieron, eran integrantes de la delincuencia organizada, esto es, halcones, secuestradores o vendedores de droga, como si eso fuera motivo para que se incurriera en los mismos ilícitos que acaso algunos cometen como es el crimen o privación de la vida a un semejante. De ninguna manera. Los detenidos y, posteriormente, desaparecidos, eran individuos que pese a su actividad delictiva –si es que la hubiesen tenido- merecían un juicio justo, pues de acuerdo a la ley “nadie es culpable hasta que se demuestre lo contrario”, según dicta el principio de presunción de inocencia, uno de los ejes rectores del Sistema de Justicia Penal, además de que los presuntos delincuentes gozan de derechos, como cualquier persona, que los protegen frente a las injusticias.
Y AUN cuando la vorágine de inseguridad, corrupción, impunidad, abuso de poder y violación de Derechos Humanos se ha tornado una constante, es necesario recordar una y otra vez que los “ladrones”, “violadores”, “secuestradores” y “sicarios” gozan de derechos establecidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, específicamente en el Artículo 20, apartado B, de dicho documento, y que deben entenderlo, sobre todo, los integrantes de las corporaciones policiacas y procuración de justicia, ya que el crimen de desaparición forzada, definido en textos internacionales y en la legislación penal de México, está caracterizado por la privación de la libertad de una persona por parte de agentes del Estado o grupos o individuos que actúan con su apoyo, seguida de la negativa a reconocer dicha privación o su suerte con el fin de sustraerla de la protección de la ley. El asesinato de la persona víctima de desaparición forzada, frecuentemente tras un cautiverio con torturas en un paradero oculto, pretende favorecer deliberadamente la impunidad de los responsables que actúan con el fin de intimidar o aterrorizar a la comunidad o colectivo social al que pertenece la persona desaparecida. Por tratarse de un delito permanente o continuo, el crimen continúa siendo cometido hasta que no se revela la suerte o paradero de las personas, prolongando y amplificando el sufrimiento que se causa a familiares o allegados.
EN ESE sentido, si los 19 elementos policiacos detenidos, incluidos ex militares o el propio ex Secretario de Seguridad Pública, Arturo Bermúdez Zurita, incurrieron en esos graves ilícitos, aun cuando los desaparecidos hayan sido integrantes de la delincuencia, deben pagar por sus crímenes, más allá de si son o no tiempos electorales, porque ninguna ley les concedió patente para decidir en torno a la vida y la muerte, ya que hasta el peor de los delincuentes tiene, al menos, 10 derechos de acuerdo a expertos: 1.-A que se presuma su inocencia (es decir que antes de pensarlos culpables, debe darse por sentado que son inocentes hasta que se demuestre lo contrario). 2.-A declarar o guardar silencio (desde el momento de su detención se le harán saber los motivos de la misma y su derecho a guardar silencio, el cual no podrá ser utilizado en su perjuicio […] La confesión rendida sin la asistencia del defensor carecerá de todo valor probatorio). 3.-A que se le informe los hechos que se le imputan y los derechos que le asisten. 4.-A que se le reciban los testigos y demás pruebas pertinentes que ofrezca para demostrar su inocencia. 5.-A contar con una defensa adecuada, y a un defensor público en caso de requerirlo para ser juzgado antes de cuatro meses si se tratare de delitos cuya pena máxima no exceda de dos años de prisión, y antes de un año si la pena excediere de ese tiempo, salvo que solicite mayor plazo para su defensa. 6.-A que sea el acusador quien deba probar su culpabilidad (y no al revés). 7.-A que sólo sea condenado cuando exista convicción de su culpabilidad. 8.-A ser juzgado en audiencia pública por un juez o tribunal. 9.-A recibir beneficios si presta ayuda eficaz para la investigación y persecución de delitos en materia de delincuencia organizada y, 10.-A ser tratado sin distinción alguna. Esos son los derechos de todos los presuntos culpables de haber cometido algún delito o hecho punible, cualquiera que éste sea, por lo que el respeto a sus derechos habla, al igual que el debido proceso, de la solidez del Sistema Penal en México, y son los garantes de la ley quienes deben respetarlo con mayor transparencia.
SIN DUDA, los 19 elementos de la Secretaría de Seguridad Pública –incluido Arturo Bermúdez, ex titular de la dependencia y José Oscar Sánchez Tirado, ex director de Prevención y Reinserción Social- merecen un juicio justo en torno al tema que investiga la Fiscalía, como lo merecieron quienes, presuntamente, perdieron la vida a manos de los ahora detenidos aun cuando eran integrantes de la delincuencia, pues el hombre no puede erigirse en Dios y determinar quién merece vivir y quién morir, aun cuando muchas voces afectadas por el crimen desearían lo último para quienes les han afectado de por vida, sin considerar que acceder a semejante postura es incurrir en lo mismo que se combate.
SIN DUDA, son tiempos electorales, pero a las personas que han resultado afectadas por las desapariciones forzadas eso está por debajo de su dolor. Ellos desean que con las detenciones recientes se esclarezcan muchos casos, que se llegue hasta las últimas consecuencias, y como bien dice José Francisco Yunes Zorrilla, aunque se sigan usando las barrabasadas de Javier Duarte para crecer en el ánimo social y cosechar votos, lo que nunca se debe evadir es la responsabilidad de aquellos que hayan incurrido en desaparición forzada, sean del partido que fueren, porque se trata de un delito de lesa humanidad que provoca muchos daños colaterales. Así de simple. OPINA carjesus30@hotmail.com
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